Respuesta ejecutiva
La declaración informativa local de partes relacionadas debe presentarse por contribuyentes que se encuentran en los supuestos señalados por el artículo 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta y que celebran operaciones con partes relacionadas. No aplica automáticamente a toda empresa mexicana con una afiliada ni a toda integrante de un grupo multinacional. La población se determina revisando las referencias actuales a los artículos 32-A y 32-H del Código Fiscal de la Federación y los hechos de cada entidad.
El texto vigente del artículo 76-A establece que la declaración local vence a más tardar el 15 de mayo del año inmediato posterior al ejercicio fiscal reportado. La maestra y país por país mantienen, en términos generales, fecha de 31 de diciembre. Esta diferencia es importante porque páginas o instructivos antiguos del SAT todavía pueden mostrar el calendario anterior. Para la fecha legal debe usarse el texto vigente y confirmarse cualquier regla posterior.
La local no debe prepararse como una captura separada. Su contenido resume estructura, actividades, operaciones, información financiera y comparables. Debe derivarse del mismo inventario y análisis que sostienen el estudio del artículo 76, fracción IX, el Anexo 9, la declaración anual y, cuando aplique, ISSIF o SIPRED.
Quién está dentro del alcance
El artículo 76-A inicia con una referencia a contribuyentes señalados en el artículo 32-A, segundo párrafo, y en el artículo 32-H, fracciones I, II, III, IV y VI, del CFF que celebren operaciones con partes relacionadas. Por ello, el análisis tiene dos pasos: confirmar si la entidad cae en alguna categoría referida del CFF y confirmar que realizó operaciones con relacionadas durante el ejercicio.
El mapa debe prepararse por RFC. Que una sociedad hermana esté obligada no hace obligadas automáticamente a todas. En un grupo puede haber una entidad con ingresos o características dentro de 32-H, otra con opción u obligación de dictamen y otra fuera de las categorías. Cada conclusión debe conservar su fundamento, cifras y ejercicio.
La relación puede ser nacional o extranjera. El texto no limita la local a operaciones internacionales. La residencia cambia datos, análisis y posibles obligaciones, pero no debe utilizarse para excluir sin fundamento operaciones domésticas.
El primer entregable, antes de preparar la declaración, es una ficha de aplicabilidad. Incluya supuesto CFF, operación relacionada, ejercicio, fecha, responsable y evidencia. Revísela cada año porque umbrales, categorías o circunstancias pueden cambiar.
Qué contiene la declaración local
El artículo 76-A, fracción II, señala información sobre la estructura organizacional, actividades estratégicas y de negocio y operaciones con partes relacionadas. También requiere información financiera del contribuyente y de operaciones o empresas utilizadas como comparables.
Las reglas administrativas y formatos desarrollan ese contenido. En términos prácticos, la local debe identificar al contribuyente y su administración; describir estrategia y actividad; explicar reestructuras o transferencias relevantes; presentar operaciones por categoría y contraparte; exponer análisis funcional, método, parte analizada, comparables, ajustes y conclusión; y vincular los datos financieros usados en el análisis con los estados del contribuyente.
No todo el archivo maestro debe repetirse. La local tiene perspectiva del contribuyente mexicano. La maestra describe el grupo, sus líneas, intangibles, financiamiento y posición global. Cuando ambas narrativas se contradicen, la autoridad puede preguntar si el modelo operativo fue descrito de manera consistente.
Cómo construirla desde una sola fuente
1. Aplicabilidad y perímetro
Confirme la obligación por entidad. Actualice partes relacionadas y operaciones. Cruce balanza, CFDI, pagos, contratos y catálogos. Asigne un identificador estable a cada tipo de operación. Ese identificador debe viajar al estudio, Anexo 9 y conciliaciones.
2. Narrativa organizacional y de negocio
Obtenga organigrama local y línea de reporte, funciones de dirección, estrategia, mercados, competidores y cambios del ejercicio. Evite copiar una descripción global que no explica México. La narrativa debe responder qué hace la entidad, cómo genera ingresos, qué decisiones toma y qué cambió.
Contraste entrevistas con contratos y conducta. Si el contrato llama a la entidad “distribuidor de riesgo limitado” pero México decide inventario, descuentos y crédito y absorbe pérdidas, la etiqueta requiere análisis. La local debe reflejar hechos, no sólo política.
3. Operaciones controladas
Para cada categoría identifique contraparte, residencia, monto, contrato, contexto, método, parte analizada, indicador, comparables y resultado. Separe servicios, bienes, regalías, préstamos, garantías, activos y reestructuras. No agrupe sólo para reducir captura si las operaciones requieren métodos o perfiles distintos.
4. Información financiera
Prepare un puente entre estados financieros y cifras utilizadas. Si el análisis es segmentado, explique cuentas, centros de costo, asignaciones y eliminaciones. Conserve hojas de trabajo y aprobaciones. Una segmentación creada por el asesor debe ser validada por contabilidad.
5. Comparables y conclusión
Documente estrategia de búsqueda, periodo, filtros, aceptados, rechazados, ajustes y rango. El resultado declarado debe reproducirse. Si el análisis usa comparable interno, identifique transacción independiente y diferencias. Si hay ajuste, conecte cálculo, póliza, CFDI y declaraciones.
6. Revisión local-global
Compare estructura, cadena de valor, intangibles, financiamiento y reestructuras con el archivo maestro, reportes públicos y contratos globales. Las diferencias pueden tener explicación, pero deben identificarse antes de presentar.
Flujo datos-estudio-declaración local
| Módulo local | Fuente principal | Validación cruzada | Aprobador |
|---|---|---|---|
| Obligación | CFF, LISR y cifras del contribuyente | Dictamen, ISSIF y operaciones | Fiscal |
| Estructura | Libros, organigramas y reportes | Master File y registros corporativos | Jurídico |
| Negocio | Entrevistas, presupuesto y estrategia | Contratos y conducta | Dirección/operaciones |
| Operaciones | Balanza, CFDI y tabla maestra | Anexo 9 y estudio | Contabilidad/fiscal |
| FAR | Entrevistas y procesos | Contratos, personal y aprobaciones | Operaciones |
| Finanzas | Estados y segmentación | Declaración anual y auxiliares | Contraloría |
| Comparables | Búsqueda y papeles | Método y resultado del estudio | Especialista TP |
| Presentación | Aplicativo y archivo final | Versión aprobada y acuse | Representante autorizado |
El Local File Sprint de Zugzwang organiza fuentes, responsables y conciliaciones, prueba la consistencia local-global y prepara un expediente reproducible antes de la presentación del 15 de mayo.
Diferencia entre estudio, local y Anexo 9
El estudio responde cómo se cumplen documentación y plena competencia y conserva el análisis completo. La local es una declaración de una población específica con información estructurada sobre la entidad y sus operaciones. El Anexo 9 reporta campos transaccionales mediante DIM. Pueden utilizar los mismos papeles de trabajo, pero no son intercambiables.
Un control eficiente usa una tabla maestra y módulos reutilizables. El análisis funcional alimenta estudio y local; la tabla financiera alimenta local y Anexo 9; el archivo maestro aporta contexto. Reutilizar no significa copiar sin revisar: cada formulario pide una perspectiva y granularidad propias.
Fecha, idioma y presentación
La local vence legalmente el 15 de mayo siguiente al ejercicio conforme al artículo 76-A vigente. La información se presenta en español. El SAT habilita el servicio de declaraciones de partes relacionadas y emite un acuse. Confirme credenciales, características técnicas, anexos y disponibilidad antes del vencimiento.
Conserve el archivo presentado, anexos, versión fuente, acuse y evidencia de firma. No se limite al PDF de visualización si el aplicativo genera archivos adicionales. Registre cualquier rechazo y reenvío.
Si una página oficial general conserva la fecha histórica de 31 de diciembre para la local, documente que el texto legal reformado señala 15 de mayo. Esa discrepancia es una razón para verificar, no para elegir la fecha más conveniente.
Errores frecuentes
El primero es concluir aplicabilidad a nivel grupo. El segundo es presentar con la antigua fecha de diciembre. El tercero es traducir un Local File global sin agregar cifras y hechos mexicanos. También se observan operaciones omitidas, narrativas idénticas durante años con reestructuras reales, segmentaciones no conciliadas y comparables imposibles de reproducir.
Otro error es que la local diga que México no controla riesgos mientras sus actas muestran decisiones. O que el archivo maestro atribuya un intangible a una entidad y el contrato o pago indique otra cosa. La consistencia no exige textos idénticos, pero sí una explicación coherente.
Ruta recomendada
En enero confirme aplicabilidad y perímetro. En febrero concluya entrevistas, contratos y segmentación. Antes de la anual determine resultados y ajustes. En abril congele la tabla y ejecute revisión local-global. Reserve las primeras semanas de mayo para control técnico, captura y firma.
Si la declaración ya fue presentada, haga una revisión posterior contra el estudio final, Anexo 9, anual y maestra. Clasifique diferencias y determine si requieren corrección o documentación complementaria. Conserve una bitácora para el siguiente ejercicio.
Temas relacionados
Preguntas de aprobación para dirección
Antes de firmar, dirección debe recibir respuestas breves a cinco preguntas: por qué está obligada la entidad; qué cambió respecto del año anterior; qué operaciones y montos se reportan; qué diferencias existen con el archivo maestro; y qué ajustes o posiciones requieren seguimiento. Este resumen no sustituye el expediente, pero evita que la firma sea un acto puramente administrativo.
El paquete de aprobación debe incluir memorando de aplicabilidad, tabla maestra congelada, conciliación financiera, matriz local-global, versión final y evidencia de validación. Si el equipo global aún no concluye la maestra, identifique los supuestos utilizados y programe una comparación posterior. La entidad mexicana conserva responsabilidad sobre su declaración aunque dependa de información extranjera.
- PT-004: calendario 2026.
- PT-005: estudio defendible.
- PT-006: Anexo 9.
- PT-008: archivo maestro.
- PT-010 y PT-016: ISSIF e inventario.
Control de armado y presentación
Construya la declaración local desde una matriz de campos que identifique fuente, transformación, responsable y evidencia. Los datos corporativos vienen de registros legales; las cifras, de contabilidad conciliada; funciones y método, del estudio aprobado. Evite que un redactor modifique manualmente importes para que “coincidan” sin dejar puente. Toda conversión de moneda, agrupación o reclasificación debe ser reproducible.
Realice una lectura cruzada: quien conoce la operación desafía la descripción funcional y quien controla la contabilidad rastrea cifras. Luego compare con Anexo 9, declaración anual, archivo maestro y contratos. Las diferencias legítimas se explican por periodo, alcance o estándar; las restantes se corrigen antes del envío.
Bloquee la versión presentada, conserve acuse, archivos fuente y aprobaciones. Si el portal obliga a cambiar un formato o dato, documente pantalla, fecha y decisión. La trazabilidad convierte la declaración local en una síntesis defendible, no en un formulario aislado.
Fuentes y fecha de verificación
- Ley del Impuesto sobre la Renta, texto vigente, artículo 76-A.
- Código Fiscal de la Federación, texto vigente, artículos 32-A y 32-H.
- Portal SAT de declaraciones de partes relacionadas, cuya fecha histórica debe contrastarse con la ley vigente.
- Perfil de precios de transferencia de México, OCDE.
Fuentes verificadas el 2 de agosto de 2026. Confirme aplicabilidad y plataforma con los hechos y disposiciones vigentes del contribuyente.
Si la local se prepara desde archivos separados o la narrativa mexicana no coincide con el grupo, solicite una revisión de consistencia antes de presentar o corregir.